Demoler en la Ciudad de México requiere un permiso propio, distinto al de construir. Esta guía resume qué licencia aplica, qué documentos pide la alcaldía, cómo se calcula el costo y cuánto tarda, con base en el Reglamento de Construcciones y el portal oficial de trámites de la ciudad.
Qué permiso se necesita
En CDMX no existe una “licencia de demolición” con ese nombre. El trámite es la Licencia de Construcción Especial en su modalidad de demolición, que expide la alcaldía donde está el inmueble; cuando la obra abarca más de una alcaldía, se presenta ante la SEDUVI. Es un expediente independiente de la licencia o manifestación de construcción para edificar, aunque después se vaya a construir en el mismo predio. Si ese es tu caso, revisa también qué permisos se necesitan para construir en la Ciudad de México.
Cuándo es obligatorio el Director Responsable de Obra
El Reglamento de Construcciones exige la responsiva de un Director Responsable de Obra (DRO) cuando se demuele una edificación con más de 60 m² en planta baja o un cuarto con más de 16 m² en cualquier otro nivel. Según la estructura y las colindancias, la alcaldía puede pedir además la firma de un corresponsable en seguridad estructural. En la práctica, la demolición de una casa completa, un local o una nave supera esos límites; quedan fuera trabajos menores como una barda o un cuarto de azotea pequeño.
Documentos que pide la alcaldía
Los requisitos varían ligeramente entre alcaldías. Los que aparecen en el portal oficial y en las ventanillas únicas son:
- Identificación oficial del propietario; si es empresa, acta constitutiva y poder del representante.
- Documento que acredite la propiedad del inmueble.
- Constancia de alineamiento y número oficial vigente.
- Constancias de no adeudo de predial y de agua.
- Formato de solicitud de Licencia de Construcción Especial con la responsiva del DRO y, en su caso, de los corresponsables.
- Memoria descriptiva del procedimiento de demolición firmada por el DRO: superficie a demoler por piso, método y sitio donde se depositará el material.
- Programa de demolición con el orden de las etapas.
- Proyecto de protección a colindancias.
- Comprobante de pago de derechos.
Durante la obra se lleva bitácora y el escombro debe disponerse conforme a la normativa ambiental de residuos de construcción y demolición de la ciudad.
Casos que alargan el trámite
- Zonas patrimoniales. Si el inmueble está en un Área de Conservación Patrimonial, es patrimonio cultural urbano o colinda con uno, antes de la licencia se requiere el dictamen técnico de la SEDUVI y la autorización del INAH o el visto bueno del INBAL, según corresponda.
- Explosivos. Solo con permiso de la Secretaría de la Defensa Nacional; en la ciudad es excepcional.
- Colindancias. Cuando hay construcciones pegadas o con daños previos, documentar su estado antes de empezar es lo que permite deslindar responsabilidades después. Sobre cómo se planea una demolición segura, lee por qué las demoliciones controladas son clave para renovar un edificio.
Cuánto cuesta
Los derechos se pagan conforme al artículo 186 del Código Fiscal de la Ciudad de México, que para demoliciones fija una cuota por metro cuadrado de superficie cubierta, contando cada piso. La cuota se actualiza cada año; la cifra vigente la indica la alcaldía al momento del pago. En el presupuesto total, el pago de derechos suele ser una parte menor frente a los honorarios del DRO, el proyecto de protección a colindancias y el retiro del escombro. Para dimensionar esos conceptos, consulta cuánto cuesta la demolición de una estructura y qué factores influyen en el precio.
Cuánto tarda y cuánto dura
La ficha vigente del portal de trámites señala respuesta en 1 día hábil una vez ingresado el expediente completo; una versión anterior de la misma ficha indicaba hasta 30 días hábiles, así que conviene confirmarlo en la ventanilla de la alcaldía. Lo que en la práctica toma más tiempo es reunir los documentos previos (alineamiento, no adeudos, memoria y programa firmados por el DRO) y, en zonas patrimoniales, los dictámenes de SEDUVI, INAH o INBAL.
La licencia para demoliciones tiene vigencia de 1 año y puede revalidarse hasta dos veces, mediante aviso presentado dentro de los 15 días hábiles anteriores a su vencimiento, con la responsiva de los mismos profesionales que la firmaron.
Qué pasa si se demuele sin licencia
El Reglamento faculta a la alcaldía a suspender o clausurar los trabajos e imponer sanciones, y el propietario y el DRO responden por los daños que la obra cause a terceros. Además, sin la licencia de demolición el expediente de la construcción posterior queda detenido. Más detalle en qué pasa si construyes sin permisos.
Dónde apoyarse
Un DRO o una constructora con experiencia en el trámite puede integrar el expediente, preparar la memoria y el programa de demolición y dar seguimiento ante la alcaldía. Si tu proyecto está en la capital, conoce nuestro servicio de demoliciones en CDMX y, para lo que viene después, la obra civil en CDMX.
Fuentes
- Portal de trámites de la Ciudad de México, “Licencia de Construcción Especial, Revalidación, Aviso de Terminación de Obra”: ficha vigente y ficha anterior.
- Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal, artículos 55 a 65 (texto en PAOT).
- Código Fiscal de la Ciudad de México, artículo 186.
- Alcaldía Venustiano Carranza, requisitos de Licencia de Construcción Especial (ventanilla única).
Los requisitos, plazos y cuotas pueden cambiar; confirma los vigentes en la alcaldía correspondiente.